Los solicitantes podrán presentar la solicitud de manera telemática a través de la Plataforma Mercurio, o presencialmente (con cita previa) en la Oficina de Extranjería que corresponda según su domicilio. Si se hace de manera telemática, será necesario contar con un certificado electrónico.
La solicitud de arraigo por formación deberá ser presentada por el extranjero, personalmente, o por su representante legal en el supuesto de ser menor o incapaz. Como novedad, podrá solicitar el arraigo para la formación cualquier extranjero que cumpla los requisitos y sea mayor de 16 años. La mayoría de edad no es un requisito para realizar este trámite.
Documentación a presentar
Para presentar la solicitud, estos son los documentos que debe aportar el extranjero:
- Impreso de la solicitud: dos copias del modelo oficial (EX-10) firmado y cumplimentado.
- Copia completa del pasaporte o título de viaje, con al menos cuatro meses de vigencia.
- Certificado de antecedentes penales: documento expedido por las Autoridades del país o países donde haya residido el solicitante en los cinco años anteriores a su entrada a España.
- Compromiso de realización de la formación: la Administración ha puesto a disposición de los solicitantes un modelo de “Declaración responsable arraigo por formación“. Se deberá especificar el tipo de formación, programa formativo, entidad que la imparte, duración y fecha de matriculación prevista.
- Documentación acreditativa de la permanencia continuada en España (preferiblemente emitida o registrada por una Administración Pública española): empadronamiento, consulta médica u hospitalización en la sanidad pública, documentación emitida por cualquier autoridad municipal, autonómica o estatal, tarjetas de transporte, contratos de arrendamiento, cuenta de teléfono, ayudas recibidas por parte de servicios sociales, etc.



